31/1/2019

La ley 21.121, conocida como “Ley Anticorrupción”, fue promulgada en noviembre de 2018 e introdujo importantes cambios en términos de responsabilidad penal para empresas y ejecutivos. Es por eso que en FN decidimos partir el año con un desayuno dedicado a estos temas, donde expusieron nuestros socios Rafael Collado y Luis Cordero, además del director Tomás Pérez. Hasta el año pasado, existía la ley 20.393, la que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. Pero a partir de noviembre de 2018, cuando fue promulgada la ley 21.121, esta ley cambió definitiva y radicalmente, con nuevas figuras de responsabilidad penal aplicables a las empresas y sus ejecutivos. ¿Están las empresas preparadas para este cambio?Nuestros socios Rafael Collado (Compliance) y Luis Cordero (Derecho Público y Gobierno), junto con nuestro director Tomás Pérez (Libre Competencia y Litigios) decidieron presentar en un desayuno a clientes y amigos los principales cambios que introduce este nuevo cuerpo legal, centrándose en tres ejes: la mayor responsabilidad penal para empresas y ejecutivos, criterios administrativos referentes a los conflictos de interés y el impacto de los nuevos delitos en el ámbito contencioso económico.Los asistentes pudieron conocer el detalle de los nuevos delitos introducidos por la ley 21.121 (corrupción entre particulares, administración desleal, negociación incompatible y apropiación indebida); además de detalles sobre los conflictos de interés (que incluyen relaciones de parentesco, de propiedad y laborales, entre otras); y un análisis desde la perspectiva de la libre competencia de estas figuras.Rafael Collado, promotor de esta actividad, se mostró satisfecho con la alta concurrencia, pese a la época estival, y resaltó la importancia para las empresas y sus ejecutivos de conocer al detalle esta nueva legislación.

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