14/9/2018

El 24 de octubre de 2017, y luego de casi cuatro años de tramitación, el Congreso Nacional aprobó el Proyecto de Ley que modifica la LPC [1], denominado de “Fortalecimiento del Servicio Nacional del Consumidor” (“Sernac” y “Proyecto”, respectivamente). Dicho Proyecto otorgaba al Sernac facultades fiscalizadoras, sancionatorias, normativas e interpretativas. Así, entre otros, (i) se contemplaba y regulaba un procedimiento administrativo sancionatorio ante el Sernac, y en virtud del cual esta misma autoridad podría aplicar sanciones a los proveedores; y (ii) se facultaba al Sernac para dictar normas e instrucciones de carácter general, e interpretar administrativamente la normativa de protección de derechos de los consumidores [2].

El Proyecto fue sometido al control preventivo del Tribunal Constitucional (“TC”), el que declaró inconstitucionales, en lo resolutivo de su sentencia, varias de sus normas y disposiciones, principalmente las relativas a las facultades sancionatorias y normativas otorgadas al Sernac [3]. Otras normas y disposiciones también fueron declaradas inconstitucionales, pero solo en la parte considerativa de la sentencia.

El Oficio de Ley enviado la Cámara de Diputados al Ejecutivo para su promulgación, consideró para su elaboración sólo lo resolutivo de la sentencia del TC, proponiendo como texto a promulgar el que resultaba de la eliminación del Proyecto de las normas declaradas inconstitucionales en esa parte del fallo. La Contraloría General de la República (“CGR”), en el trámite de toma de razón del Decreto Promulgatorio dictado por el Ejecutivo, lo representó al estimar que el texto que contenía no se ajustaba al que constitucionalmente correspondía: debían eliminarse también aquellas normas que el TC declaró como inconstitucionales en lo considerativo del fallo [4].

Frente a esto, el Ejecutivo presentó un requerimiento ante el TC solicitándole resolver la controversia y definir el texto a promulgar. El TC resolvió que el dictamen de la CGR que representaba el Decreto Promulgatorio se ajustaba a derecho, y ordenó al Ejecutivo dictar uno nuevo ajustando el anterior a los reparos de la CGR [5]. Así, en el nuevo Decreto Promulgatorio, con los ajustes ordenados por la CGR y confirmados por el TC, no se contiene ninguna de las disposiciones que el TC señaló como inconstitucionales en lo considerativo de su fallo como en lo resolutivo del mismo.

Pese a las disposiciones que fueron eliminadas, la Ley N°21.081 publicada el día ayer, y que entrará en vigencia dentro de seis meses, mantiene aspectos que suponen un fortalecimiento del Sernac. En efecto, el Sernac contará con nuevas facultades fiscalizadoras e interpretativas, y con una mayor dotación y recursos. Asimismo, se fortalecen las Asociaciones de Consumidores, aumentando sus recursos y atribuciones.

Además, cabe anotar que también hay cambios en los procedimientos contemplados en la LPC. La nueva ley (i) regula las conocidas “mediaciones colectivas” (que pasarán a ser el nuevo “procedimiento voluntario para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores”), entregando garantías de debido proceso a los proveedores que participan de esta instancia de negociación ante el Sernac; (ii) establece la posibilidad de solicitar la indemnización del daño moral en los juicios colectivos; y (iii) regula la carga dinámica de la prueba en los juicios individuales ante los Juzgados de Policía Local. La nueva ley también contempla un aumento significativo de los montos de las multas por infracción a la LPC y la posibilidad de aplicar una multa por cada consumidor afectado en los juicios colectivos. Por último, se amplía el plazo de prescripción de la acción por infracción a la LPC.

En suma, aun cuando en el largo camino recorrido quedaron pendientes algunas de las principales reformas que se proyectaban a la LPC, hay modificaciones que son igualmente relevantes, y cuyas implicancias debieran ser desde ya analizadas con detención para estar preparados a su entrada en vigencia.

Referencias:

[1] Boletín N°9369-03, ingresado a tramitación el 3 de junio de 2014.

[2] La minuta contenida en el siguiente link contiene los principales aspectos regulados por el proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional: Resumen PDL Fortalecimiento SERNAC. FN Octubre 2017.

[3] Sentencia de 18 de enero de 2018, Rol N°4012-2017.

[4] Dictamen de 27 de abril de 2018, Rol N°10856-2018.

[5] Sentencia de 5 de julio de 2018, Rol N°4727-2018.

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