8/10/2015

El 7 de octubre del presente año, la I. Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió una acción de protección, ordenando a una usuaria de Facebook no realizar ninguna publicación en el futuro, a través de redes sociales, que atente contra la vida privada y la honra de aquella persona que interpuso la acción de protección y de su familia, además de imponerle otras obligaciones de abstención, so pena de desacato, reconociendo la I. Corte además la vulneración de derechos de terceros ajenos al procedimiento.

Junto con lo anterior, se ordenó a la recurrida cesar inmediatamente toda acción relativa a publicar en cualquier red social, fotografías de la afectada y de su grupo familiar, eliminando además cualquier comentario en contra de la recurrente y de su familia.

Fuente: Corte de Apelaciones de Punta Arenas.

Revisa el archivo aquí.Recurso de protección Facebook 682 2015 Punta Arenas

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