25/1/2024

Explicado en términos sencillos, los fondos cotizados en bolsa (ETFs) vinculados a Bitcoin ofrecen a los inversores la oportunidad de adquirir acciones que siguen el valor del Bitcoin, sin la necesidad de comprar la criptomoneda directamente, introduciendo así una dinámica innovadora en las transacciones basadas en este activo digital.

A pesar de que la Securities and Exchange Commission de Estados Unidos (SEC) se ha mostrado adversa a la aceptación de las criptomonedas (no obstante su utilización desde hace más de una década en todo el mundo, a partir de la publicación de Satoshi Nakamoto en el año 2009), recientemente aprobó los primeros ETFs vinculados a Bitcoin. En efecto, el pasado 11 de enero, la SEC aprobó once solicitudes de esta clase de ETFs, incluyendo las de BlackRock, Ark Investments/21Shares, Fidelity, Invesco y VanEck[1]. También otras solicitudes basadas en la criptomoneda Ethereum se encuentran en curso[2].

Lo anterior marca un hito significativo tanto para Bitcoin, la criptomoneda más extendida del mundo, como para la industria de criptoactivos en general.

No obstante, la decisión de la SEC no debe interpretarse como un viraje radical en su postura regulatoria. En la comunicación oficial de la resolución, la SEC destaca que su intención no es promover el uso de Bitcoin y destaca los riesgos asociados con su volatilidad y su potencial uso en actividades ilícitas. La razón del giro es “adoptar el camino más sostenible” de regulación, teniendo en cuenta la presión judicial derivada de la reciente sentencia de la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia. En ese caso, la SEC había denegado la autorización a operar a Grayscale Investments, LLC, considerando que los ETF vinculados a Bitcoin no están “diseñados para prevenir actos y prácticas fraudulentos y manipuladores”, como exige la Ley del Mercado de Valores (Securities Exchange Act). Por el contrario, el tribunal consideró que esa negativa era infundada y anuló la decisión de la SEC (Grayscale Investments, LLC v. SEC, No. 22-1142 (D.C. Cir. 2023)). No obstante, este tibio respaldo regulatorio podría influir en la percepción de la legitimidad de estos activos en distintas jurisdicciones.

En el contexto chileno, este revés de la SEC adquiere importancia al converger con la Ley N°21.521, también conocida como Ley Fintech, que ofrece un marco jurídico incipiente a los “activos financieros virtuales o criptoactivos” (artículo 3°, incisos 3 y 8, Ley Fintech). Esta nueva normativa introduce el concepto de Finanzas Abiertas (Open Banking) y busca proteger al cliente financiero, el adecuado respaldo de sus datos personales y la preservación de la integridad y estabilidad financiera, como también la prevención de la utilización de estas plataformas para el lavado de activos y el financiamiento del narcotráfico y del terrorismo (Art. 1, Ley Fintech). Por lo tanto, la Ley Fintech constituye un resguardo a los individuos que realizan transacciones financieras en el mundo digital, sea a través de monedas tradicionales (pesos chilenos, dólares) o de monedas exclusivamente virtuales.

Por el momento, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) de Chile ha autorizado la operación de ciertos ETFs, aunque todavía ninguno vinculado a criptoactivos. No obstante, el surgimiento de múltiples billeteras digitales (o wallets) para operar con esa clase de monedas en el país plantea un escenario de rasante crecimiento de transacciones en criptomonedas[3]. En este mismo sentido, el Banco Central de Chile está evaluando la idea de emitir Monedas Digitales de Banco Central (MDBC), que funcionarían como “un pasivo digital del Banco Central que puede ser usado por el público general en sus transacciones cotidianas”. Según el Primer informe del Banco Central, las MDBC pueden ser una herramienta para hacer frente a los desafíos que plantean las monedas virtuales que, a su entender, “crean un nuevo activo que compite con el efectivo y los depósitos”.

En conclusión, la aprobación de los primeros ETFs vinculados a Bitcoin por parte de la SEC marca un hito significativo en la aceptación de las criptomonedas, a pesar de la tradicional reticencia de este organismo regulador en relación con éstas. En Chile, esta evolución cobra relevancia al coincidir con la Ley Fintech que establece un incipiente marco jurídico para los criptoactivos y busca proteger a los usuarios financieros en el entorno digital, lo que podría incidir en una postura de la CMF en un sentido consistente con el de la SEC a futuro. Si bien la CMF ha autorizado ciertos ETFs sin vínculos con criptoactivos, el crecimiento de las billeteras digitales y la consideración de Monedas Digitales de Banco Central sugieren un futuro prometedor para la expansión de las criptomonedas en el país.


 

[1] https://www.reuters.com/technology/bitcoin-etf-hopefuls-still-expect-sec-approval-despite-social-media-hack-2024-01-10/#:~:text=WASHINGTON%2FNEW%20YORK%2C%20Jan%2010,and%20the%20broader%20crypto%20industry.

[2] https://www.forbes.com/sites/vipinbharathan/2024/01/20/approvals-for-ethereum-spot-etps-could-be-next/?sh=118bf0b5ccc1

[3] https://forbes.cl/economia-y-finanzas/2023-08-25/cuantos-chilenos-invertirian-en-cirptomonedas-como-forma-de-ahorro-esto-dice-este-estudio